viernes, 15 de febrero de 2013

¿Cómo tienen que ser las bolsitas para envasar chuches o galletitas?

El otro día me llegó una pregunta que me pareció muy, pero que muy interesante. Os la dejo tal cual me llegó porque me parece que es imposible plantear la cuestión de una manera más adecuada:

“...sobre el tema del envoltorio de los alimentos, ¿sirve cualquier tipo de plástico o bolsita? He visto que en algunas páginas indican que son apropiadas para alimentos y otras no dicen nada... ¿qué diferencia hay para que sean aptas o no aptas? ¿Cómo podrían afectar? Estoy pensando básicamente en bolsitas de celofán o envoltorios de celofán, como los de toda la vida, sobre todo para llenarlas de chucherías o galletitas.”

Bueno pues vamos ello. En esto me alegra poder ser categórica: no, no vale cualquier tipo de plástico o bolsita. Mirad, hay un Reglamento europeo, que es de obligado cumplimiento en España, que regula cómo deben ser los materiales destinados a entrar en contacto con los alimentos. Aquí os dejo el enlace al Reglamento por si os apetece cotillearlo. Pero, no os preocupéis que yo os resumo la parte que se refiere a la pregunta en cuestión.

En su Exposición de Motivos, es decir, en la parte en la que se explica porqué se ha elaborado esa norma, dice lo siguiente (os lo copio textualmente porque creo que está muy clarito; je, je...entre copiar la pregunta y copiar la respuesta, ¡qué poquito estoy trabajando para preparar esta entrada! ¿eh?...): El principio básico del presente Reglamento es que cualquier material u objeto destinado a entrar en contacto directa o indirectamente con alimentos ha de ser lo suficientemente inerte para evitar que se transfieran sustancias a los alimentos en cantidades lo suficientemente grandes para poner en peligro la salud humana, o para ocasionar una modificación inaceptable de la composición de los productos alimenticios o una alteración de las características organolépticas de éstos.” (Solo una aclaración, y que no se ofenda quien ya lo sepa..., las características organolépticas son el color, olor, sabor, textura de un alimento...; vamos, todo aquello que percibimos por los sentidos).

Esto quiere decir que no puede utilizarse cualquier material para que entre en contacto con los alimentos porque algunos podrían trasladar a los mismos sustancias que podrían modificar sus características y, en el peor de los casos, poner en peligro la salud humana.
Hay mucha normativa que regula cómo deben ser estos materiales;  hay normativa sobre los materiales plásticos, sobre la cerámica, sobre el caucho, sobre la celulosa etc. Es una cuestión muy complicada... Hasta el punto de que hay normativa europea que regula los materiales y objetos activos e inteligentes destinados a entrar en contacto con alimentos. Estos son, entre otros, materiales que pueden aumentar la vida útil de los alimentos porque liberan sustancias antioxidantes... ¡imaginaos!
Pero centrándonos en la pregunta, el Reglamento dice que los materiales y objetos destinados a estar en contacto con los alimentos, pero que aún no estén en contacto con ellos cuando se comercialicen, irán acompañados, entre otras cosas, de los términos «para contacto con alimentos», o una indicación específica sobre su uso, tales como máquina de café, botella de vino, cuchara sopera, o el símbolo reproducido en el anexo II. Este símbolo lo habéis visto muchas veces. Es este:




Si os fijáis se está refiriendo, entre otros, a ¡las bolsitas de celofán o de cualquier otro material que utilicemos para envasar chuches o galletas!; cuando se venden aún no están en contacto con alimentos pero están destinados a estarlo. Por tanto, en su etiquetado deben tener, entre otras cosas, ese símbolito. Si queréis ver el resto de indicaciones que la normativa exige que se encuentre en el etiquetado de estos materiales podéis mirarlo en el artículo 15 del Reglamento.

Resumiendo, no vale cualquier bolsita para envasar chuches o galletas. Tienen que ser bolsas de uso alimentario. Y las diferenciaremos porque, cuando las compremos, en su etiquetado encontraremos el famoso simbolito o la leyenda «para contacto con alimentos» o una indicación específica sobre su uso, tales como máquina de café, botella de vino, cuchara sopera.
Solo me queda deciros que esto se refiere a los materiales que están destinados a estar en contacto con los alimentos pero que en el momento de comercializarse no lo están (¡nuestras bolsitas de celofán!) pero no a los envases que ya están en contacto con los alimentos. Quiero decir que nadie se neurotice porque coja la botellita de agua que tiene junto al ordenador y no vea el simbolito... Lógicamente esa botellita debe cumplir con toda esa normativa que os he mencionado y no ceder sustancias al agua... pero no es obligatorio que tenga el simbolito.
Espero haber aclarado algo es asunto pero si no es así ya sabéis donde me tenéis...

Pero antes de irme, para acabar esta entrada dulce, dulce, os dejo algunas de las entradas en las que utilicé bolsitas para envasar galletas...





Y éste es una de vuestros preferidas:



Ahora ya sí que me despido hasta el próximo día.
Un saludito,


13 comentarios:

  1. Muy interesante Chelo!Muchas gracias por la información.
    Petonets. Ali

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  2. Muchas gracias por la información, me parece muy muy interesante. Un beso

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  3. Aun a riesgo de repetirme: muchas gracias por la información. Es muy útil saber este tipo de cosas.

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  4. ¡Muchas gracias por la respuesta! ¡Creo que ha quedado bastante claro! Gracias de nuevo.

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  5. Muy bien explicado, gracias por darnos todas las respuestas.
    Un beso Chelo.

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  6. Hola Chelo! Nos conocimos en e curso de jabones de Mucha Espumita. Desde mi blog eres una de mis nominadas para el premio BEST BLOG. Te dejo el enlace
    http://tormentadearroz.tumblr.com/post/44088743136/nuevo-premio-al-blog
    Un beso!

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    1. Hola,guapa!
      Acabo de ver tu comentario y ¡no puedo creerlo!
      Justo ayer empecé a repartir los jabones que hicimos ese día y lo publiqué en el blog!!!
      Es como si, por algún motivo y sin yo saberlo, tu comentario me hizo recordar que tenía los jabones esperando destino.
      Me he pasado por tu blog y he visto muchas cosas chulísimas.
      ¿Cómo van los preparativos?
      Ya debe quedar menos para el gran día, ¿no?
      Muchas gracias por el premio.
      Desde aquí te mando un besito enorme y ¡ya sabes donde me tienes para lo que necesites!
      Chelo.

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    2. Hola Chelo!! perdona que últimamente ando perdida y no te contesté!!

      Vaya casualidad lo de los jabones. A mí me encantan, los estoy usando para ducharme y son una pasada. El de aguacate quedó fenomenal.

      Los preparativos bien, pero hasta arriba! jaja Por eso tengo bastante dejado el blog. Después de la boda será diferente supongo.

      También me tienes para lo que quieras. Un beso y te seguiré leyendo!!

      Marina

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  7. HOLA VICKY, TENGO UNA DUDA CON LAS BOLSAS. HE VISTO QUE SE SUELEN ENVASAR LAS GALLETAS EN BOLSAS DE CELOFÁN (CREO QUE ES POLIPROPILENO) PERO HAY OTRAS DE USO ALIMENTARIO DE POLIETILENO, QUE SON MÁS BLANDITAS. EN LAS TIENDAS DE CHUCHES DE PESO SUELEN SER ÉSTAS. ¿SABES PORQUE ES MEJOR UNA QUE OTRA A LA HORA DE ENVASAR LAS GALLETAS PARA REGALAR?

    MUCHAS GRACIAS, ACABO DE DESCUBRIRTE Y ME GUSTA MUCHO TU BLOG. LO TENGO AGREGADO EN FAVORITOS PARA SEGUIRTE.

    BESICOS,
    ANA

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    1. Hola, Ana.
      Yo creo que si las bolsitas a las que te refieres son de uso alimentario, da igual unas que otras. Supongo que es una cuestión de lo que más te guste. Si yo no te entiendo mal, las que son más duritas son muy monas para adornarlas con un lazo de rafia o algo así y las blanditas son mejores si lo que quieres poner es una etiqueta rectangular a modo de cierre de la bolsa.
      Pero no sé si tenemos las dos las mismas bolsitas en la cabeza.
      En cualquier caso, desde el punto de vista de la seguridad alimentaria, lo importante es que sean de uso alimentario.
      Un saludito,
      Chelo

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    2. MUCHAS GRACIAS UNA ÚLTIMA PREGUNTA. EL CURSO DE MANIPULADOR DE ALIMENTOS ES INDEPENDIENTE DE UNA COMUNIDAD AUTONOMA Y OTRA?
      HE VISTO QUE GENTE TIENE UN CERTIFICADO DE MANIPULADOR GENERADO DESDE LA CÁMARA DE COMERCIO DE SU COMUNIDAD.

      MUCHAS GRACIAS GUAPETONA.
      BESICOS,
      ANA

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    3. Hola Ana. Antes el curso lo daba la propia Administración; después, pasaron a darlo empresas privadas pero homologadas por la Adminstración. En concreto, por las distintas Comunidades Autónomas. Desde hace un tiempo, lo que la normativa exige es que los manipuladores de alimentos tengan formación en seguridad alimentaria. La legislación exige que esa formación la den personas con formación y experiencia en la materia. Pero no exige que sea de cada Comunidad Autónoma por lo que vale en todo caso.
      Espero haber aclarado tu duda.
      Un saludito,
      Chelo

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  8. Hola Vicky. En breve quiero crear una empresa cuya actividad principal será la de envasar chuches ( pero chuches envueltas por sus fabricantes, nada de chuches a granel o sea sin envoltorio) y juguete creando así un pack más atractivo para los niños. Mi pregunta es si es necesario el registro sanitario para esta actividad. Un saludo y muchas gracias.

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